PORTSIB anula los pliegos de boyas tras la presión judicial de APANIB
PORTSIB cede a la presión de APANIB y anula los pliegos de boyas tras la victoria judicial de la patronal del chárter náutico.
En un giro forzado por la tenacidad de las pymes náuticas baleares, Puertos de las Illes Balears (PORTSIB) ha anunciado la anulación de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) del controvertido expediente 10715/2024-MRR para la gestión de campos de boyas en zonas protegidas de Posidonia oceánica.
Pero, ojo, este avance no nace de la buena fe de PORTSIB, sino de la resolución 88/2026 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC), que estima directamente las alegaciones estrella de la Asociación PYMES de Actividades Náuticas Islas Baleares (APANIB), y de la presión sostenida de esta organización con sus dos requerimientos urgentes y su escrito al propio Tribunal.
Recordemos los hechos, sin adornos.
En diciembre de 2025, APANIB se adhirió al recurso especial contra los pliegos, denunciando con precisión quirúrgica irregularidades que expulsaban a las pymes locales: urgencia injustificada, códigos CPV incompletos, solvencia desproporcionada de experiencia con 20 boyas que olía a favoritismo, la prohibición arbitraria de optar a múltiples lotes de la cláusula C del PCAP sin motivación alguna y la ausencia del proyecto técnico de Formentor, que impedía ofertas serias.
El TACRC, en su resolución del 22 de enero, notificada el 30 de enero, dio la razón a APANIB en lo esencial: anuló esa cláusula C restrictiva (FJ Noveno y Décimo) por vulnerar el art. 99.4 LCSP y ordenó incorporar el proyecto de Formentor para garantizar concurrencia real (FJ Duodécimo).
Desestimó lo demás, pero el fallo fue claro: la nulidad con efectos retroactivos del art. 57.2 LCSP.
Aquí entra el mérito real de APANIB, que no se quedó en la victoria de papel y, el 2 de febrero, lanzó el primer requerimiento imperativo a PORTSIB: rectificación inmediata del PCAP, publicación consolidada con cuadro antes/después, anuncio rectificatorio en el DOUE y el Perfil del Contratante, reapertura de plazos amplios y retroacción del procedimiento para igualar el terreno. PORTSIB respondió con evasivas el 5 de febrero —“consúltenlo en la plataforma”—, ignorando la remisión obligatoria al TACRC del art. 57.4 LCSP.
No contenta con eso, APANIB redobló el 16 de febrero con un segundo requerimiento urgente e imperativo, alertando de responsabilidades personales por incumplimiento y, en consecuencia, posible prevaricación (art. 404 CP) y la nulidad radical de los actos posteriores, más un escrito directo al TACRC denunciando incumplimiento total y pidiendo ejecución forzosa o suspensión renovada.
El resultado es que PORTSIB, acorralada, dicta ahora su resolución de anulación del PCAP.
Empatizamos con la presión que sufren por los fondos Next Generation UE, ante el riesgo de pérdida si no ejecutan ya, pero esta situación se ha causado por su ineficiencia en la gestión de la licitación y la ilegalidad de sus actos; por eso se tiene que actuar verazmente. Sin la acción incansable de APANIB, que representa a cientos de pymes náuticas locales, seguiríamos en el bloqueo, con pliegos hechos a medida de grandes operadores y daños irreversibles a la competencia y la posidonia.
APANIB no busca tener razón, sino proteger su medio de vida y demostrar que en un mercado justo se protege el medio ambiente y la posidonia, se salvan los fondos UE y se da oxígeno a las pymes que generan empleo real en Baleares.
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